Inicio Comercio y Servicios Outsourcing, nueva reglamentación que inquieta a empresarios

Outsourcing, nueva reglamentación que inquieta a empresarios

En el desayuno empresarial de Coparmex, se tuvo la asistencia del secretario del Trabajo y Previsión Social, Manuel Lozano Nieto, para participar con el tema «Impacto de la reforma del outsourcing en el Estado de San Luis Potosí».
En su intervención, el funcionario estatal dijo que el propósito de la reforma es prevenir prácticas incorrectas que han afectado los derechos de los trabajadores y empleados en su antigüedad, estabilidad en el empleo y derecho al reparto de utilidades, entre otros.
Y reconoció que los empresarios que ejercen esta actividad como outsourcing o subcontratación, se han enfrentado a una serie de inconvenientes, por eso han solicitado una prórroga de hasta tres meses para cumplir con todos los requisitos.
Lozano Nieto expuso que uno de los requisitos es que deben cumplir con su registro patronal, pero hay muchos que han encontrado inconvenientes para lograrlo, debido a que por la pandemia de Covid-19, hay dependencias federales como el SAT que tiene limitadas las citas para cumplir con este trámite.
Además, para las empresas de subcontratación u outsourcing es obligatorio que se afilien a Fonacot y existen reportes que para lograr la opinión de cumplimiento de instituciones como el IMSS, SAT o INFONAVIT, les dan una respuesta negativa en dicha solicitud.
Entre los aspectos laborales de esta reforma es que se prohíbe la subcontratación de personal, se permite la subcontratación de servicios especializados y tareas que no sean parte del objeto social o de la actividad principal de la empresa, las empresas prestadoras de servicios especializados se tendrán que registrar en un padrón público, el reparto de utilidades se topa por el trabajador bajo dos parámetros, ya sea 3 meses de salario o el promedio de las utilidades recibidas en los últimos 3 años, los prestadores de servicios especializados deberán entregar cada cuatro meses información de los contratos estipulados con otras empresas al IMSS e INFONAVIT y los pagos directamente relacionados con los servicios o actividades especializadas serán deducibles y acreditables para efectos del Impuesto sobre la Renta y el Impuesto al Valor Agregado.